Autorizaciones
Las personas humanas o jurídicas que produzcan cannabis medicinal no pueden iniciar sus actividades sin tener la previa autorización de la ARICCAME.
Cualquier fusión, cesión o transmisión de sus acciones o fondos de comercio también requiere de una autorización previa y expresa de la ARICCAME.
La ARICCAME expide las autorizaciones administrativas necesarias para importar, exportar, cultivar, producir industrialmente, fabricar, comercializar y adquirir semillas de la planta de cannabis, cannabis y sus productos derivados con fines medicinales o industriales.
Al evaluar las solicitudes de autorización para funcionar, la ARICCAME debe analizar, entre otras cosas:
- las características del proyecto;
- las condiciones generales y particulares del mercado;
- los antecedentes financieros y comerciales de la persona solicitante;
- los planes de integridad económica y de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo;
- las medidas de seguridad;
- la experiencia en actividades afines;
- el tipo de estructura jurídica.
Existen distintas categorías de autorizaciones administrativas sobre la base de criterios objetivos que debe cumplir cada solicitante. Por eso, las autorizaciones están relacionadas con las
distintas etapas del proceso productivo para garantizar la trazabilidad integral de la cadena.
Para otorgar las autorizaciones, la ARICCAME considera especialmente las solicitudes que contribuyen al desarrollo de las economías regionales y promueven la actividad de cooperativas y de pequeñas y medianas empresas productoras agrícolas. También considera si la solicitud incluye la perspectiva de género y diversidad y su proyección federal.
Antes de otorgar licencias o autorizaciones en los territorios de las provincias o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el representante ante el Consejo Federal de la jurisdicción donde vaya a ubicarse el proyecto productivo debe dar un informe técnico. Ese informe técnico debe incluir el análisis del impacto que el proyecto tendrá en el desarrollo productivo de la industria en la provincia. El informe técnico es un requisito esencial del acto administrativo que conceda o deniegue las licencias o autorizaciones.
Se establecen trámites especiales y tasas sociales para las autorizaciones solicitadas por los emprendimientos de las organizaciones de la sociedad civil con fines de bien común que desarrollaron saberes, conocimientos y experiencias sobre los diversos usos medicinales, terapéuticos y paliativos de la planta de cannabis. También se les da apoyo técnico.
El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) promoverá que se dicten normas para la inscripción de cooperativas que se constituyan para producir plantas de cannabis para los usos autorizados legalmente.
La ARICCAME cuenta con un régimen diferencial simplificado para expedir las autorizaciones relacionadas con el cáñamo industrial u hortícola. Ese régimen tiene en cuenta las características específicas de ese sector industrial.
El monitoreo y seguimiento de las autorizaciones otorgadas tiene 2 componentes:
Componente administrativo: evaluación objetiva, control y seguimiento técnico y jurídico de los parámetros requeridos para dar las autorizaciones;
Componente operativo: actividades de seguimiento y evaluación requeridas para verificar los parámetros técnicos y jurídicos citados en el componente administrativo.
Si se suspende una autorización otorgada, la persona titular de la autorización debe cesar completa e inmediatamente sus actividades durante el período de suspensión.
Cada titular de una autorización otorgada debe poner a disposición del público material informativo en idioma español sobre el cannabis.
Cada titular de una autorización debe cumplir con la información que exija la ARICCAME para el control y trazabilidad de todos los procesos productivos e insumos críticos.
Ventanilla única para la industria del cáñamo y el cannabis medicinal
Se establece el sistema de Ventanilla única para la industria del cáñamo y el cannabis medicinal para la gestión de los trámites vinculados a la emisión de autorizaciones, licencias y demás certificaciones o gestiones necesarias para realizar las operaciones de cultivo, cosecha, almacenamiento, fraccionamiento, procesamiento, producción industrial, transporte y distribución, comercialización y cualquier otra actividad económica que integre la cadena productiva del Cannabis, de la Planta de Cannabis, de las semillas y productos derivados con fines medicinales, nutricionales, de cosmética humana, veterinarios o industriales.
Licencias y autorizaciones
Las licencias o autorizaciones hechas por la reglamentación de la Ley 27.669 no pueden ser transferidas, transmitidas ni cedidas, ni en toda la licencia ni en parte.
La Agencia regulatoria de la industria del cáñamo y del cannabis medicinal determina los plazos de vigencia y las condiciones de la renovación de las licencias y las autorizaciones.
Se puede presentar ante la Agencia regulatoria de la industria del cáñamo y del cannabis medicinal las siguientes solicitudes:
Solicitudes por primera vez: en forma previa al inicio de actividades o cuando vence la licencia inicial.
Solicitudes de renovación: cuando se pida continuar con las mismas actividades y en las mismas condiciones de la licencia vigente, que está próxima a vencerse.
Solicitudes de modificación: cuando se analice realizar modificaciones en las actividades que estén incluidas en la solicitud de autorización o licencia, o cualquier otro cambio en los datos dados al momento de la solicitud que sea diferente.
La Licencia es el acto administrativo hecho por la Agencia regulatoria de la industria del cáñamo y del cannabis medicinal para la realización de las actividades relacionadas con las operaciones que integran la cadena productiva de las semillas, plantas de cannabis, cannabis y de sus productos derivados que no integren la definición de cáñamo.
La Agencia regulatoria de la industria del cáñamo y del cannabis medicinal hace las siguientes licencias:
- Licencia de criadero, multiplicación y cultivo;
Licencia de servicios logísticos;
Licencia de producción de derivados;
Licencia de comercialización;
Licencia para estudios y pruebas analíticas y Licencia para Comercio Exterior.
La autorización es el acto administrativo que hace la Agencia regulatoria de la industria del cáñamo y del cannabis medicinal, mediante un régimen simplificado, para la realización de actividades específicamente vinculadas al Cáñamo Industrial y hortícola

Comentarios
Publicar un comentario